La compra y la venta de un inmueble son actos de gran importancia en la vida de toda persona. Por ello, es muy importante contar con el acompañamiento que te puede dar un escribano desde el inicio.

Pasos previos, reserva y consejos útiles

Después de haber elegido el inmueble que se intentará comprar, que puede darse por intermedio de una inmobiliaria o no, el proceso continúa con el acercamiento entre el vendedor y el comprador para formalizar la compraventa.

Es frecuente que el comprador deje una reserva para asegurar su oferta. Es importante consultar con el escribano antes de firmar la reserva, porque allí empiezan a generarse obligaciones. Después, hay dos alternativas: ir directamente a la escritura o firmar primero un boleto de compraventa y luego la escritura. Es muy conveniente firmar la escritura directamente.

Si vas a comprar y no podés tratar en forma directa con el dueño, es muy importante:

  • Asegurarse de que la inmobiliaria tenga la autorización del dueño para realizar la gestión.
  • Controlar que quien vende sea el propietario, solicitando los títulos e informes del Registro de la Propiedad Inmueble.
  • Verificar: 1) que la propiedad esté libre de gravámenes (hipotecas, embargos, etc.), 2) que el dueño pueda vender sus bienes, y 3) que puedas darle a la unidad el destino que estás buscando (p. ej.: vivienda).
  • Llevarle una copia del título de propiedad a un escribano para que lo estudie.

Si vas a vender un inmueble a través de una inmobiliaria, además de las sugerencias mencionadas para la compra, es muy importante:

  • Verificar los términos de la autorización que le das a la inmobiliaria, especialmente en cuanto a los plazos, la vigencia y el precio y las condiciones de venta.
  • Constatar que el inmueble esté en condiciones jurídicas de ser vendido.
  • Si se trata de empalmar una venta y una compra, comprobar los plazos y la simultaneidad de las operaciones.

Durante todo el proceso, el escribano asesora a las partes de acuerdo con las circunstancias particulares de cada una, controla que toda la documentación esté en orden, gestiona certificados y, finalmente, redacta la escritura, según lo convenido por el comprador y el vendedor.

La escritura

Debe ser firmada por los titulares de dominio del inmueble. Si fallecieron, firman sus herederos (tiene que estar dictada la declaratoria de herederos y cumplidos los pasos correspondientes en la sucesión).

La escritura se puede firmar en una escribanía, en un banco, en las salas especiales que el Colegio de Escribanos tiene para tal fin o donde las partes decidan.

Documentación básica a presentar:

  • Título de propiedad.
  • DNI de los vendedores y de los compradores.
  • Constancia de CUIT o de CUIL.
  • Boletas de servicios públicos (en Capital Federal: boletas de ABL; en provincia: boletas de rentas, boleta municipal y estado parcelario).
  • Si es un departamento: reglamento y datos de la administración.
  • Si firman herederos, el escribano debe tener el expediente a la vista; apoderados: el poder que los autoriza a actuar; personas jurídicas: la documentación que acredite su existencia de las mismas y el cargo invocado por el representante legal.